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ADDENDUM DE ACUERDO - 21 DE JUNIO DE 2018

INTRODUCCIÓN

El presente addendum se agrega al acuerdo alcanzado entre las partes el día miércoles 13 de junio de 2018, su suscripción se formalizará una vez que este haya sido refrendado por ambas partes.

 

 

En relación con este punto, existe un amplio consenso. El Consejo Académico considera fundamental que el proceso de elaboración de estatutos sea democrático, participativo y triestamental. La Junta Directiva determinará los porcentajes de participación de cada estamento en el proceso de elaboración de los Estatutos, ante las propuestas levantadas por toda la comunidad universitaria, a través de los procesos definidos para tal efecto.

Se creará un consejo asesor conformado por estudiantes, funcionados académicos y no académicos, de la Dirección General de Estatutos, para apoyar y definir el funcionamiento de sus labores. Esta Dirección también deberá recoger la opinión de la comunidad maulina para el accionar de la Universidad. Finalmente, la aprobación interna de los estatutos será resuelta en un plebiscito vinculante con participación de toda la comunidad universitaria.

Sobre la solicitud de un Congreso Estatutario no se advierte inconveniente en su implementación. Para estos fines, la Dirección General de Estatutos, con el apoyo de su consejo asesor triestamental, deberá elaborar y proponer un procedimiento específico en el que se incluyen las instancias de un Congreso Estatutario en el proceso de elaboración de estatutos. Este Congreso deberá tener un reglamento que determine el procedimiento por el cual se regirá, el que deberá ser elaborado y aprobado triestamentalmente. Además, deberán existir instancias congresales abiertas y participativas e instancias congresales resolutivas en las cuales estén representados debidamente los tres estamentos de la comunidad universitaria. Cada estamento deberá presentar propuestas respecto a la manera en que el Congreso Estatutario debiera proceder.

Se acuerda efectuar un análisis conjunto en el marco de la generación de nuevos estatutos, a fin de avanzar en el proceso de democratización en todo lo que sea posible, sin vulnerar la ley.

Se realizará un proceso formativo en la elaboración de estatutos, que será dirigido y coordinado por la Dirección General de Estatutos en conjunto con el consejo triestamental.

Tanto el Consejo Académico como los representantes estudiantiles se comprometen a crear y participar en instancias de trabajo triestamental que tengan como objetivo fortalecer lazos entre los distintos estamentos universitarios. Estas instancias se realizarán al menos una vez por semestre a partir del segundo semestre de 2018.

 

 

B. Sobre la investigación de antecedentes previos de docentes y funcionarios que serán contratados:

La Universidad se compromete a incorporar una declaración jurada asociada a cada contratación o nombramiento de un nuevo funcionario académico o no académico, en que conste que no ha sido sancionado por conductas vinculadas a violencia de género y/o discriminación arbitraria, mejorando también el instrumento de evaluación psicológica que se aplica al efecto, incorporando test específicos en la materia.

Respecto a los funcionarios académicos y no académicos antiguos, estos podrán suscribir una declaración jurada de carácter voluntario, en que se señale que no ha realizado acciones que vulneren los derechos de los estudiantes y/o funcionarios académicos y no académicos, relativos a cualquier forma de violencia de género, discriminación arbitraria o abuso de poder. Dado el carácter voluntario de la declaración, su contenido será fijado por cada uno de los firmantes, teniendo en consideración los criterios fijados1.

Todas y todos los miembros de la comunidad universitaria, esto es académicos, funcionarios no académicos y estudiantes, podrán suscribir un compromiso por una educación no sexista, con el objeto de ir avanzando en crear una colectividad que trabaja firmemente por avanzar hacia la construcción de una sociedad más respetuosa e igualitaria.

Tanto la Secretaría General, como la Dirección de Género y la Federación de Estudiantes se encargarán de promover e implementar esta iniciativa.

Sin perjuicio de lo anterior, debe dejarse en claro que el nombramiento o contratación de un funcionario público que hubiere sido sancionado por la comisión de un delito, no resulta posible de acuerdo a la normativa vigente.

El proceso de reclutamiento para solventar los cargos que pudieran abandonar académicos y no académicos denunciados y sumariados, a igualdad de antecedentes curriculares, deberá dar preferencia a la contratación de mujeres.
La Universidad además se compromete a incluir explícitamente en el reglamento de subcontratación, requerimientos que obliguen a los trabajadores de empresas contratistas a respetar la política de género establecida para funcionarios de la Universidad, a fin de evitar que estos trabajadores incurran en conductas de este tipo.

 

 

A este respecto, y dado la situación de anormalidad que implica la toma, la Universidad se compromete a implementar las medidas de resguardo previo al inicio normal de clases, esto es, durante el período de marcha blanca.

Lo anterior es sin perjuicio del contacto que cada Fiscal efectuará a las y los denunciantes, acordando con ellos diversos cursos de acción

 

 

 

 

ACUERDO FINAL
13 DE JUNIO DE 2018

ADDENDUM DE ACUERDO
21 DE JUNIO DE 2018